Jue. Mar 28th, 2024

El decreto 1297 de 2020 estipula la extensión del aislamiento selectivo hasta el 1.º de noviembre.

El Gobierno, a través del decreto 1297 del 29 de septiembre de 2020, prorrogó la vigencia del decreto 1168 del 25 de agosto de 2020 hasta las cero horas (00:00 a. m.) del
día 1 de noviembre de 2020, 
extendiendo el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable.

En síntesis, durante el mes de octubre seguirán rigiendo las mismas reglas que están actualmente.

1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas,
de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de
Salud.

2. Los bares, discotecas y lugares de baile.

3. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos.
de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.

Sin embargo, hay que aclarar que los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo
momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones
emitidas por el Ministerio de Salud, tal como ya ha ocurrido.