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¿Los médicos serán servidores públicos? Esto plantea la reforma de la salud.

La reforma de la salud fue presentada ayer por el Gobierno del presidente Gustavo Petro en un simbólico acto realizado en la Plaza de Armas, frente a la Casa de Nariño, en la ciudad de Bogotá. 

Entre la nutrida multitud que acompañó al presidente estuvieron decenas de médicos y trabajadores de la salud que participaron o que apoyaron el desarrollo del articulado. Y es que uno de los pilares clave de la iniciativa es la formalización laboral de los trabajadores de la salud. 

La propia ministra de Salud, que además es médica y ha trabajado gran parte de su vida en hospitales y clínicas, Carolina Corcho, ha sido una de las grandes críticas de los contratos por prestación de servicios, que es una de las formas más frecuentes de vinculación entre el talento sanitario y los centros de salud. 

De hecho, antes de que la reforma de la salud fuese radicada, en una entrevista con EL TIEMPO la ministra Corcho defendió que parte de los cambios que se están haciendo en la entrega de recursos para prestación de servicios médicos tienen también como objetivo que las clínicas y hospitales puedan formalizar a su talento humano. 

“Se trata de recursos que queremos que directamente se le paguen a las clínicas y hospitales para que puedan formalizar a sus trabajadores y para que puedan prestar un oportuno y mejor servicio”, señaló Corcho en su momento. 

De acuerdo con el texto de la reforma “con la implementación de la Ley 100 de 1993, la contratación y condiciones laborales de los trabajadores del sector se deterioraron, esto debido a que las EPS establecieron controles sobre la cantidad, la calidad y el costo de los servicios de salud”. 

Pero, ¿qué establece el articulado en cuanto a formalización laboral de los médicos, enfermeras y demás trabajadores del sector?  

Trabajadores de las ESE serán empleados del Estado

En ese sentido, lo que se plantea en el caso de las entidades públicas es la contratación en las 928 Empresas Sociales del Estado (ESE) existentes.  Allí según los datos del Ministerio de Salud ya el 27 % (47.243) de los trabajadores misionales y administrativos se encuentran formalizados, y faltaría el 73 % (128.643), que están vinculados por prestación de servicios. 

Dado que la formalización laboral en todas las instituciones públicas es ya una decisión de gobierno para 2023, se debe incluir en el presupuesto 2023 y siguientes, los costos de la formalización. En las proyecciones financieras de la reforma, se consideraron estos costos desde la vigencia 2023 con $2.267.050.577 para formalización de los trabajadores de hospitales públicos”, destaca el articulado.  

La proyección se realiza para las categorías: trabajadores operativos en su calidad de trabajadores misionales; y trabajadores de apoyo como trabajadores que realizan actividades administrativas. 

Se propone formalizar a los trabajadores de las dos categorías operativos (42.784) y apoyo (85.859), iniciando por niveles de atención. La reforma estima que la formalización requiere 9 billones de pesos. 

Eso, teniendo en cuenta que a 2023 el costo de la contratación por Prestación de Servicios es de $5,61 billones y la formalización laboral de estos trabajadores requiere $9,0 billones. Es decir que el costo fiscal neto de formalizar el talento humano en salud sería de $3,39 billones.

La propuesta de formalización es gradual y tomaría cuatro años. Además solo se enfoca en el talento correspondiente al sector público. 

Por otra parte, en el presupuesto de los Centros de Atención Primaria se incluyó el
costo de las prestaciones sociales de los trabajadores
, por valor de $1.078.000. Acá es clave señalar que los hospitales locales únicos de municipios pequeños se consideran centros de atención primaria con camas y se financian por esta vía. La partida destinada a la formalización de hospitales se proyecta con un crecimiento real permanente promedio del 5 % anual. 

Un punto que deja claro el articulado es que en la formalización “no se tiene en cuenta la estimación de la formalización laboral de los profesionales de medicina y odontología especializado(a)s por su manifiesta renuencia a la formalización”.  

Creación de un régimen laboral especial

En el caso de los trabajadores que no hacen parte del sector público, el artículo 151 de la reforma de la salud le concede al presidente facultades extraordinarias para estructurar un régimen laboral especial para los trabajadores del sector y en este sentido se entendería que dicho régimen cobijaría a todos los trabajadores del sector, lo que no significaría que todos los trabajadores serán servidores públicos.

Porque como reza el mismo proyecto existirán en el sistema entidades de carácter público privado y mixto que mantendrán la misma proyección sobre sus empleados bajo el mismo régimen. En otras palabras si se trabaja en un hospital público el empleado será público, pero si se trabaja en una entidad de carácter mixto o privado se acogerán a lo que establezca dicho régimen especial que creará posteriormente el Gobierno si la reforma es aprobada.

Según reza el articulado el presidente Petro podrá “expedir las disposiciones laborales para garantizar condiciones de trabajo justas y dignas, con estabilidad y facilidades para incrementar los conocimientos del talento humano en salud, tanto del sector privado como del sector público”. 

Pero la reforma establece sesi criterios para la creación de dicho régimen, que serían: 

1. Las personas vinculadas a las Instituciones Privadas y Mixtas con participación del sector público inferior al 90 %  del Sector Salud, por norma general, estarán vinculadas mediante contrato de trabajo conforme a los preceptos del Código Sustantivo del Trabajo y norma concordantes.

2. De conformidad con el artículo 53 de la Constitución Política de 1991:

3. Se establecerán incentivos salariales y no salariales incluyendo el criterio de zonas apartadas y dispersas.

4. Se establecerán sistemas de bienestar social aplicables a los trabajadores de las instituciones de salud.

5. Se adoptarán los criterios técnicos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tengan en cuenta los riesgos propios de los cargos, desarrollando los criterios técnicos que permitan determinar la actualización de la tabla de enfermedades laborales que afectan a los trabajadores que laboran en las entidades de salud.

6. Se adoptarán las políticas sobre educación continuada y formación profesional que incentiven los convenios de docencia y servicios, de tal manera que se disponga de los centros de práctica adecuados en todos los niveles de complejidad.

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