Mar. Dic 3rd, 2024

Así puede pedir un auxilio funerario en Bogotá si no tiene recursos

Es un apoyo transitorio y oportuno dirigido a las personas que no cuentan con recursos económicos.

La Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), ofrece subsidios funerarios a ciudadanos en condición de vulnerabilidad y/o pobreza.

Es un apoyo transitorio y oportuno dirigido a las personas que no cuentan con recursos económicos para afrontar la situación de calamidad funeraria. Este es otorgado por la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y cubre los servicios funerarios de destino final en los cementerios del Norte, Sur, Central y Parque Serafín.

¿Cómo acceder a un subsidio funerario?

Hay que acreditar la condición de vulnerabilidad, indicar el servicio funerario que se solicita y radicar en las oficinas de la UAESP, carta o formato de solicitud con nombres y apellidos completos del fallecido y solicitante, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico del solicitante (si lo tiene).

¿Cómo acreditar la condición de vulnerabilidad?

Puntaje de la base de datos del SISBÉN categoría A, B y C.
Población desplazada – víctimas del conflicto.
Población habitante de calle.
Grupos étnicos (indígenas, afros, pueblo palenquero, comunidad gitana o Pueblo Rom, etc.)
Nacionales venezolanos.

Carta de solicitud o formato que contenga:

Datos del peticionario.
Datos del fallecido.
Servicio y cementerio propiedad del Distrito.

Anexar:

Registro civil de defunción – certificado de defunción.
Copia de cédula del peticionario.
Documento con el que se acredite la condición de vulnerabilidad.

Condiciones especiales:

Propietarios de mausoleos – bóvedas, osarios o cenizarios: adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública.

Muerte violenta: adjuntar certificado de Fiscalía que autoriza el procedimiento solicitado por el deudo (no mayor a 30 días de vigencia).

Proviene de otro cementerio: adjuntar certificado de procedencia de restos o cenizas.

Restos que se dirigen a otro cementerio: adjuntar certificado del cementerio al cual serán enviados los restos, que den cuenta de este hecho.

Tiempos de respuesta:

Máximo diez (10) días hábiles a partir del recibo de la solicitud y confirmación del cumplimiento de los requisitos, para servicios de exhumación y cremación de restos.
Un (1) día para los servicios de inhumación o cremación de cuerpos.

Canal telefónico: 

Línea 195, lunes a domingo, 24 horas al día.
Teléfono: 358 04 00 Opción 3
Celular: Tel. 3059360802

REDACCIÓN BOGOTÁ

 

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