Los autorizó el Gobierno a través del decreto 517, que aclara que si lo van a hacer, deben “girar oportunamente los recursos de las empresas” que los prestan.
En el artículo 7 de la orden emitida por el presidente Iván Duque, este sábado, se encuentra la autorización de la asunción del pago de los servicios de energía eléctrica o gas por entidades territoriales.
“Durante el término de declaratoria Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por causa la Pandemia COVID-19, las entidades territoriales podrán asumir total o parcialmente el costo de los servicios públicos de energía eléctrica o de gas combustible de los usuarios dentro de su jurisdicción”, se lee en el decreto.
Y agrega: “Dichas entidades deberán girar oportunamente los recursos a las empresas comercializadoras que atienden a tales usuarios. Cuando ello ocurra, el monto asumido por el ente territorial se aplicará para reducir la tarifa de los usuarios que determine la respectiva entidad territorial”.
Los autorizó el Gobierno a través del decreto 517, que aclara que si lo van a hacer, deben “girar oportunamente los recursos de las empresas” que los prestan.
En el artículo 7 de la orden emitida por el presidente Iván Duque, este sábado, se encuentra la autorización de la asunción del pago de los servicios de energía eléctrica o gas por entidades territoriales.
Y agrega: “Dichas entidades deberán girar oportunamente los recursos a las empresas comercializadoras que atienden a tales usuarios. Cuando ello ocurra, el monto asumido por el ente territorial se aplicará para reducir la tarifa de los usuarios que determine la respectiva entidad territorial”.
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