El decreto 1297 de 2020 estipula la extensión del aislamiento selectivo hasta el 1.º de noviembre.
El Gobierno, a través del decreto 1297 del 29 de septiembre de 2020, prorrogó la vigencia del decreto 1168 del 25 de agosto de 2020 hasta las cero horas (00:00 a. m.) del
día 1 de noviembre de 2020, extendiendo el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable.
En síntesis, durante el mes de octubre seguirán rigiendo las mismas reglas que están actualmente.
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1. Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas,
de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de
Salud.
2. Los bares, discotecas y lugares de baile.
3. El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos.
de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.
Sin embargo, hay que aclarar que los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local, y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo
momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones
emitidas por el Ministerio de Salud, tal como ya ha ocurrido.